Dos
Dos integrantes del servicio municipal vigilan en la noche y uno en el día la residencia del burgomaestre, ubicada en Los Baños del Inca.
Inca.
Alcalde estaría utilizando el personal -pagado con recursos de la municipalidad provincial- en beneficio propio, lo que la ley prohíbe.
prohíbe.

Tres serenos brindan “seguridad privada” en la residencia del alcalde Marco La Torre.
Cajamarca.- Tres integrantes del servicio municipal de Serenazgo -dos en la noche y uno en el día- brindan “seguridad privada” en la residencia del alcalde provincial de Cajamarca, Marco Aurelio La Torre Sánchez, que se ubica en la zona de Tartar del distrito de Los Baños del Inca; confirmó ayer el gerente de Seguridad Ciudadana de la municipalidad provincial de Cajamarca, Eduardo Mendoza Rodríguez.
Hasta donde se conoce, no existe norma legal alguna que determine que personal que labora para la municipalidad provincial de Cajamarca tiene la obligación de brindar servicios en la residencia del burgomaestre; por lo que esta figura de la “seguridad privada” que brinda el Serenazgo al alcalde, resultaría en una utilización -en beneficio propio- de recursos ediles por parte del alcalde.
Mendoza Rodríguez señaló que “la causa y el motivo data de un tiempo atrás cuando el alcalde fue objeto de amenazas contra su vida y contra la de su familia, se creyó conveniente coordinar con la Policía y la Policía le implementó un servicio de seguridad personal. Y en cuanto al Serenazgo; sí, yo confirmó, porque no hay nada que ocultar, pero hay una razón justificada de que este servicio se prestó pensando -solamente- en la seguridad, en la vida, en el bienestar y la salud del señor alcalde y de sus familiares”.
¿En base a qué argumentos legales se ha dispuesto que el personal de Serenazgo brinde un servicio particular al alcalde?
No es un servicio particular. No hay que olvidar -en principio- de que el alcalde es una autoridad que ha sido elegida por el pueblo, en todo caso el servicio que se le prestó obedece solamente pensando en proteger la vida y la salud del alcalde...
Por eso le reitero, cuál es el argumento legal en el que se basan para enviar personal del Serenazgo a la casa del alcalde...
El argumento legal te lo doy. Existe lo que se llama la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana donde en sus considerandos dice que la Seguridad Ciudadana en este caso Serenazgo tiene la misión importante de prevenir, prevenir la comisión de delitos y faltas en todo caso el servicio que se le ha prestado al señor alcalde es justamente con eso prevenir que sea objeto de males mayores contra su vida y la de su familia.
¿Si un ciudadano solicita seguridad particular las 24 horas del día para su domicilio también el Serenazgo le envía tres integrantes para que vayan a cuidar su casa?
Mira, no hay diferencia, pero lo que yo quiero si reiterar es que un ciudadano tiene todo derecho a que el serenazgo municipal le brinde el servicio de seguridad ciudadana y se lo brindamos cada vez que nos llaman, estamos ahí, en cuanto a la persona que tu indicas, sí yo creo de que el señor alcalde por la misma condición de autoridad, por la misma condición de ser representante del pueblo cajamarquino, que así lo eligió para que desempeñe el cargo, creo -desde mi punto de vista- que si es merecedor a una seguridad de ese tipo.
Pero la ley indica que cuando una persona ve mellada su integridad física o seguridad tiene que recurrir a la Gobernación y pedir las garantías a través de la Policía Nacional, más no utilizar a los miembros de Serenazgo que son pagados por la ciudadanía...
Mira... la Policía, vuelvo a repetir, ha estado prestando servicio de seguridad personal, lo que pasa que nosotros para que el asunto no sea un poco más pesado, los servicio regulares de la Policía Nacional se han dado de manera personal, estos policías que fueron destinados para este tipo de trabajo han estado permanentemente con el alcalde, para eso se llama seguridad personal y el otro ámbito de la seguridad era el asunto familiar y domiciliario esa es la forma...
La Ley de Municipalidades no señala como derecho del alcalde tener un servicio de “seguridad privada” del Serenazgo en su domicilio...
Si estamos de acuerdo en ese sentido, pero yo reitero, no olvidemos que se trata del señor alcalde...
Los serenos son pagados con recursos de la municipalidad y estarían siendo utilizados en beneficio personal del alcalde...
Sí... yo lo miro de otro lado, del estrictamente de la prevención de la comisión de daños mayores o sea delitos o faltas que pudieran haberse cometidas en su momento contra el señor alcalde...
¿Aunque no se respete las leyes?
No hay una ley que lo prohíba, tampoco una ley que lo autorice...
La ley prohíbe a las autoridades utilizar los recursos de la municipalidad en beneficio propio...
Sí... pero en este caso hay que tener en cuenta el porqué, la motivación, la razón, el argumento... creo de que cualquier autoridad de nuestra ciudad, cualquier ciudadano que hay en Cajamarca y que requiere los servicios de esta naturaleza, ten la seguridad que los vamos a brindar.
El serenazgo no está para brindar seguridad particular, sino para brindar seguridad pública a toda la población...
Sí... pero, vuelvo a insistir, si bien es cierto que el serenazgo no está autorizado para llevar un tipo de servicio de seguridad particular... pero aquí no se trata de una seguridad particular, se trata de un servidor público que representa a miles de cajamarquinos que lo eligieron para desempeñar el cargo de alcalde (Noticax).